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Continúan operativos de control a la circulación de transporte de carga pesada
 

Boletín de Prensa No. 096

Quito, Miércoles 12 de Agosto de 2009

En el Distrito Metropolitano

Continúan operativos de control a la circulación de transporte de carga pesada

La Policía Nacional en coordinación con la Gerencia de Gestión de la Movilidad de la EMMOP, implementa operativos permanentes de control a la circulación de vehículos de Carga Pesada y Productos Químicos Peligrosos en el DMQ. El propósito, dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana No. 0147. De este modo, la Policía Nacional entre el 10 de junio y 28 de julio de este año, sancionó con 99 boletas y 11 adhesivos, a los infractores.

El objetivo de la Ordenanza Metropolitana No. 0147, es regular la circulación de los vehículos de transporte de carga y de transporte de productos químicos peligrosos que circulan en el Distrito Metropolitano de Quito,a fin de disminuir la congestión vehicular, contaminación ambiental y mejorar la seguridad vial, por medio de la regulación de sus dimensiones y de los horarios de su circulación.

Cabe recordar que durante el mes de mayo, técnicos de la EMMOP y personal operativo de la Policía Nacional mantuvieron reuniones de trabajo y capacitación sobre el contenido de la Ordenanza y se realizó la socialización de estas actividades de control, a través de la coordinarán con los gremios de transporte de Carga Pesada.

Para recordarlo:

CLASIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE CARGA

Los vehículos de transporte de carga y transporte de productos químicos peligrosos, se clasifican en función de sus dimensiones, conformación (con o sin remolque) y número de ejes. (Art. 4):


CLASIFICACIÓN

LONGITUD MAX (m)

ANCHO MÁXIMO (m)

No. DE EJES

No. LLANTAS

CL

CARGA LIVIANA


7.5


2.3


2


4-6

CM

CARGA MEDIA

12.0

2.6

2-3

6-10

CP

CARGA PESADA


18.3


2.6


3-6


10-22

DE LA CIRCULACIÓN :

Las vías por las que circulen los diferentes tipos de vehículos de transporte de carga y de productos químicos peligrosos, deben tener características geométricas, estructurales y de localización, acordes con las dimensiones y servicios previstos en la Ordenanza. (Art. 5)


CLASIFICACIÓN DE LA RED VIAL

De acuerdo al grado de accesibilidad de los vehículos de transporte de carga y transporte de sustancias y productos peligrosos hacia y desde el área urbana consolidada, las redes viales de circulación que se conforman se clasifican en: (Art.6)

  1. Red de Paso

CL: sin restricción,

CP y CM: de 20h30 s 06h30

y de 09h30 a 16h00

Excepciones específicas


  1. Red de Accesos,

CL: sin restricción,

CP y CM: de 20h30 a 06h30

y de 09h30 a 16h00

Excepciones específicas


  1. Red de Servicio Local

Solo accede CL y CM para servir demandas

Restricción por características físicas de las vías: sección, pendiente o señalización específica.

Queda prohibido circulación de vehículos de CP y transporte de productos químicos peligrosos, salvo que cuenten con autorización de EMMOP.


CIRCULACION POR EL CENTRO HISTORICO DE QUITO

Se prohíbe la circulación de transporte de Carga Pesada.

Solo circulará CM en horario de 20H30 a 06H30 de Lunes a Sábado.

De 19h30 a 06h30 los días Domingos

Vehículos de CL no tienen restricción para la circulación. Carga y descarga deben realizarse en espacios habilitados. (Art. 8)


CARGAS ESPECIALES Y PRODUCTOS QUIMICOS PELIGROSOS

Los vehículos de transporte con cargas especiales y transporte de productos químicos peligrosos, deberán evitar el uso de vías en áreas densamente pobladas y no podrán circular fuera de las vías establecidas. No podrán circular por la Av. Mariscal Sucre en el tramo de los túneles. (Art 10- c )


SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD DE LA CARGA

Los conductores de las Unidades de Carga Pesada y Productos Químicos Peligrosos, previo a su circulación, deberán comprobar las adecuadas condiciones físico-mecánicas del vehículo, incluyendo las de los neumáticos y la integridad de la carga, en aspectos tales como existencia de pérdidas o fugas del producto, seguridad de las amarras y localización de la señalización adecuada.


SANCIÓN

Los transgresores a la Ordenanza Metropolitana No. 0147, recibirán de parte del personal policial una boleta, en la que se especifica la clase de infracción cometida. En caso de que el automotor se encuentre estacionado se colocará un adhesivo con las mismas indicaciones.

El pago de la multa se efectuará en la Gerencia de Gestión de la Movilidad de la EMMOP (Av. América N31-137 y Av. Mariana de Jesús ), dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha de notificación, pasados los cuales se sumará el 2%. El propietario del vehículo tiene 3 días hábiles para impugnar la notificación ante el Comisario Metropolitano de la Jurisdicción que corresponda.

Valor de la multa:

Carga Liviana: $ 25,00 USD.

Carga Media: $ 50,00 USD.

Carga Pesada: $ 100,00 USD

Estos operativos se mantendrán de forma permanente.


Contacto temas Movilidad:

Ing. Yadira Helou ( 092903733) / Lic. Marcelo Castillo (087416895 )

Teléfonos Gerencia Gestión de la Movilidad: 2904884 / 2907507 Ext 4161 - 4163

 
 
 
 
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